Legislación a favor de la Interculturalidad y Etnoeducación en Guatemala.
La Ley de Educación de Guatemala, en el Titulo I, Capítulo I, Artículo 1 hace mención de los Principios que la fundamentan, entre ellos el Inciso 5 y 6 dicen:
5. En ser un instrumento que coadyuve a la conformación de una sociedad justa y democrática.
6. Se define y se realiza en un entorno multilingüe, multiétnico y pluricultural en función de las comunidades que la conforman.
La misma Ley de Educación en el Capítulo II, Artículo 2, contempla 13 Fines de la Educación en Guatemala, de estos 6 están de alguna manera más relacionados con la interculturalidad y Etnoeducación, sin embargo no son específicos en este tema (por lo que convendría hacer las revisiones y modificaciones necesarias a nivel legislativo) (los numerales con los que cada inciso aparece, no necesariamente es el mismo que ocupan en el artículo mencionado).
1. Proporcionar una educación basada en principios humanos, científicos, técnicos, culturales y espirituales que formen integralmente al educando, lo preparen para el trabajo, la convivencia social y le permitan el acceso a otros niveles de vida.
2. Cultivar y fomentar las cualidades físicas, intelectuales, morales, espirituales y cívicas de la población, basadas en su proceso histórico y en los valores de respeto a la naturaleza y a la persona humana.
3. Formar ciudadanos con conciencia crítica de la realidad guatemalteca en función de su proceso histórico para que asumiéndola participen activa y responsablemente en la búsqueda de soluciones económicas, sociales, políticas, humanas y justas.
4. Capacitar e inducir al educando para que contribuya al fortalecimiento de la auténtica democracia y la independencia económica, política y cultural de Guatemala dentro de la comunidad internacional.
5. Desarrollar una actitud crítica e investigativa en el educando para que pueda enfrentar con eficiencia los cambios que la sociedad le presenta.
6. Promover en el educando actitudes responsables y comprometidas con la defensa y desarrollo del patrimonio histórico, económico, social, étnico y cultural de la Nación.
La Ley de Educación de Guatemala, en el Titulo I, Capítulo I, Artículo 1 hace mención de los Principios que la fundamentan, entre ellos el Inciso 5 y 6 dicen:
5. En ser un instrumento que coadyuve a la conformación de una sociedad justa y democrática.
6. Se define y se realiza en un entorno multilingüe, multiétnico y pluricultural en función de las comunidades que la conforman.
La misma Ley de Educación en el Capítulo II, Artículo 2, contempla 13 Fines de la Educación en Guatemala, de estos 6 están de alguna manera más relacionados con la interculturalidad y Etnoeducación, sin embargo no son específicos en este tema (por lo que convendría hacer las revisiones y modificaciones necesarias a nivel legislativo) (los numerales con los que cada inciso aparece, no necesariamente es el mismo que ocupan en el artículo mencionado).
1. Proporcionar una educación basada en principios humanos, científicos, técnicos, culturales y espirituales que formen integralmente al educando, lo preparen para el trabajo, la convivencia social y le permitan el acceso a otros niveles de vida.
2. Cultivar y fomentar las cualidades físicas, intelectuales, morales, espirituales y cívicas de la población, basadas en su proceso histórico y en los valores de respeto a la naturaleza y a la persona humana.
3. Formar ciudadanos con conciencia crítica de la realidad guatemalteca en función de su proceso histórico para que asumiéndola participen activa y responsablemente en la búsqueda de soluciones económicas, sociales, políticas, humanas y justas.
4. Capacitar e inducir al educando para que contribuya al fortalecimiento de la auténtica democracia y la independencia económica, política y cultural de Guatemala dentro de la comunidad internacional.
5. Desarrollar una actitud crítica e investigativa en el educando para que pueda enfrentar con eficiencia los cambios que la sociedad le presenta.
6. Promover en el educando actitudes responsables y comprometidas con la defensa y desarrollo del patrimonio histórico, económico, social, étnico y cultural de la Nación.